Empresa Responsable de la Promoción: COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L.U., con C.I.F. nº B-86561412, y con domicilio social en calle Ribera del Loira, 20-22, 28042 Madrid (en adelante, “CCEP IBERIA”).
Período de Vigencia: Fechas en las que estará vigente la promoción comprendidas desde el día 7 de julio de 2020 y hasta las 23:59:59 horas del día 20 de julio de 2020, en horario peninsular, ambos inclusive.
Ámbito de la promoción: La promoción está dirigida a los usuarios de Instagram, mayores de 16 años y residentes legales en España.
Comunicación de la Promoción: se comunicará a través del perfil de Bartalent Lab en Instagram (@bartalentlaboficial) y a través de la landing (página web) en www.bartalentlab.com. La mera participación en la presente promoción implica la aceptación de las presentes Bases.
A.- MECÁNICA PROMOCIONAL
1.1. Mecánica de participación:
Se publicará en la página web bartalentlab.com y en la cuenta de Instagram de Bartalent Lab una creatividad explicando la mecánica de participación: consigue una camiseta firmada por el equipo que selecciones (de entre los patrocinados por nosotros, los cuales se incluyen como anexo) si eres elegido como una de las 4 mejores nuevas maneras de celebrar un gol (a través de un vídeo o fotografía).
1.1.1 Previo Los usuarios que participen deberán hacerlo desde sus perfiles de Instagram, siendo requisito necesario para poder acceder que el perfil de Instagram sea público.
1.1.2 Participación Para participar los usuarios tendrán que: 1) Compartir una foto o un vídeo sobre cómo celebran en su bar (por ser dueño, personal o cliente), los goles en la nueva normalidad. 2) Mencionar el nombre del bar por el que se participa. 3) Citar el hashtag #muchomásqueunbar desde el perfil público de Instagram..
Al finalizar la competición liguera (1ª y 2ª división de la temporada 2019-2020) (día 19 de julio de 2020), un jurado formado por integrantes del equipo de Comunicación de Coca-Cola European Partners iberia seleccionarán las 4 mejores celebraciones de gol en base a criterios de originalidad y adaptación a las actuales circunstancias, cuyos usuarios serán contactados para seleccionar una camiseta firmada por alguno de los equipos patrocinados por Coca-Cola European Partners. El ganador final será el bar mencionado en la publicación.
1.2. Requisitos de los videos y fotografías:
La Organización verificará todos los requisitos de los vídeos o fotografías detallados en las presentes Bases.
En caso de que el Usuario no cumpla con alguno de ellos no será tenido en cuenta en la valoración del jurado, al no considerarse su participación como válida.
El video o la fotografía deberá contener todos los requisitos detallados en las presentes bases para considerarse PARTICIPACION VÁLIDA y además:
– La Organización no tendrá en cuenta los videos o fotografías de usuarios que se hayan realizado en Instagram sin mencionar un bar, que no tengan el hashtag #muchomásqueunbar, ni las publicaciones que se realicen fuera del periodo de participación de la Promoción (Periodo de Vigencia).
– Los videos o fotografías no deberán vulnerar o dañar la sensibilidad de las personas por representar y/o incitar a conductas de carácter violento, sexual, discriminatorio, antirreligioso, peligroso, socialmente incorrecto, o inapropiado.
– Los videos o fotografías no deberán menospreciar a Coca-Cola European Partners, los clubes de fútbol, ni los productos que produce, distribuye y comercializa CCEP. Tampoco a los competidores, ni a ninguna otra persona o parte afiliada a la promoción, ni emitir mensajes contrarios con la buena fe asociada al mismo. No se tendrán en cuenta los comentarios groseros, con insultos y/o amenazas.
COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA se reserva el derecho a descartar o descalificar cualquier mensaje, fotografía o video publicados por un usuario de la Promoción que a juicio de la Organización fuera contrario al objeto de la presente promoción o fuera contrario al orden público, la legislación aplicable y/o las normas establecidas por la empresa organizadora de la promoción y que hubieran sido comunicadas previamente, así como aquel comportamiento que pueda resultar lesivo para la imagen de Coca-Cola European Partners Iberia y/o cualquiera de sus marcas, y los valores que defiende.
Asimismo, no se tendrán en cuenta los comentarios, fotografías o videos groseros, con insultos y/o amenazas a las marcas pertenecientes a Coca-Cola European Partners Iberia y/o cualquier otra marca. Dichos comentarios o videos serán eliminados por la Organización, y la persona que los haya publicado no podrá optar a los premios que se ponen en juego en la presente promoción.
En el caso que ningún usuario publique una fotografía o video participando dentro del periodo de la promoción y que cumpla todos los requisitos detallados anteriormente, los premios puestos en juego en la presente promoción se declararán desiertos.
1.3. Ganadores
Serán Ganadores de la promoción los respectivos establecimientos a los que se haga mención por parte de los usuarios en sus publicaciones, de videos o fotografías con los requisitos de participación detallados
Coca-Cola European Partners Iberia, S.L.U., una compañía del Grupo Coca-Cola European Partners Plc B86561412 Ribera del Loira, 20 -22, 28042, Madrid. (c)2016 The Coca-Cola Company. All rights reserved. COCA-COLA is a registered trademark of The Coca-Cola Company.
en las presentes Bases y resulten seleccionados por un jurado como uno de los 4 mejores vídeos o fotografías que muestren formas de celebrar un gol en la nueva normalidad.
Reservas: Para el caso en que no se pudiera contactar con los Ganadores o que no aceptaran o renunciaran al Premio por el motivo que fuera, se designarán 4 reservas (uno por ganador). Se pasará a los reservas en el caso que el ganador no acepte el premio en las primeras 24 horas desde que la organización le informe de la condición de ganador. 2. PREMIOS
Premios disponibles en la presente promoción:
• Una camiseta firmada y enmarcada perteneciente al equipo seleccionado por el ganador de entre los patrocinados por Coca-Cola European Partners Iberia y participantes en esta promoción (todos los equipos de 1ª división de la temporada 2019-2020) descritos en el Anexo 1.
Los premios son personales e intransferibles y no podrán cederse a una persona distinta del ganador, así como tampoco canjearse por ningún otro elemento, ni en efectivo ni en especie.
3. COMUNICACIÓN Y ENTREGA DE PREMIOS
Una vez finalizada la competición liguera y de haberse reunido el jurado (entre los días 21 y 24 de julio), CCEP IBERIA se pondrá en contacto con el ganador a través de un mensaje directo en su cuenta de Instagram (desde la cuenta de Bartalent Lab), en el plazo de 24 horas desde la decisión del jurado.
Si en las 24 horas siguientes al envío del mensaje directo no se hubiera podido contactar con el Ganador o el ganador rechazara el premio, éste perderá su derecho al premio, y se pasará al Primer Reserva, mediante el mismo método de contacto.
En caso de que se haya descartado la participación ganadora así como las reservas, por no ser válidas conforme a los criterios apuntados anteriormente, se declarará el premio como desierto y pasará a disposición de la organización.
Una vez localizado al Ganador se le informará de los detalles del premio y de la documentación que deberá preparar y entregar a CCEP IBERIA antes de la entrega del Premio.
B.- OTRAS CONSIDERACIONES APLICABLES A LAS PROMOCIONES ORGANIZADAS POR COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L
1. LEGISLACIÓN APLICABLE: Esta Promoción se rige por la legislación vigente en España y por las presentes Bases que han sido depositadas ante el Notario de Madrid, D. Ignacio Paz-Ares Rodríguez.
2. EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD POR FUERZA MAYOR. En el caso de que circunstancias sobrevenidas e inevitables, aun previsibles, pero ajenas a la voluntad o poder de disposición de CCEP IBERIA (fuerza mayor), acaecidas durante la vigencia de esta promoción o con la antelación suficiente a su inicio alteren, dificulten, o impidan el correcto desarrollo de la misma (i.e. entrega o canjeo de premios, etc. ) CCEP Iberia queda exonerada de responsabilidad por cualquier alteración de la dinámica promocional (incluida la suspensión sobrevenida de la promoción retrasos o cancelaciones en la entrega de premios). A los efectos de estas bases, toda medida gubernamental o tomada por funcionarios públicos en el marco de una emergencia sanitaria se considera fuerza mayor.
3. INFORMACIÓN DETALLADA SOBRE EL TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
La participación la presente promoción es voluntaria y en caso de participación, se advierte de que el tratamiento de los datos personales de los participantes y ganadores de la presente Promoción es obligatorio en los términos expuestos en las presentes Bases.
De acuerdo con lo anterior, la mera participación en esta Promoción implica necesariamente la aceptación expresa por el interesado del tratamiento de sus datos personales de acuerdo con lo descrito en las presentes Bases.
Veracidad y exactitud de la información: Los participantes están obligados a proporcionar datos exactos y actualizados y correspondientes a su propia identidad, entendiéndose en consecuencia, que son exactos y actuales los datos proporcionados por los participantes y en su caso, por los ganadores en cualquier fase de la Promoción, siendo su responsabilidad comunicar cualquier actualización y/o rectificación de los mismos la entidad responsable y organizadora de la promoción.
El tratamiento de los datos de los participantes y ganadores de la presente promoción (en adelante también denominados, interesados) se llevará a cabo en las condiciones establecidas a continuación en la presente cláusula.
Responsable del tratamiento: De acuerdo con el Reglamento General de Protección de Datos (en adelante RGPD), informamos a los participantes y ganadores que los datos personales que se faciliten para participar en la presente Promoción serán tratados por la siguiente entidad, como responsable del tratamiento: COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L.U. (CCEP IBERIA; Calle Ribera del Loira, 20-22, 28042 Madrid).
Delegado de protección de datos: La dirección electrónica de contacto del delegado de protección de datos es privacy@cokecce.com.
Finalidades para las que CCEP IBERIA trata sus datos: – Con carácter general los datos serán tratados para llevar a cabo todas las actividades necesarias para gestionar la participación de los interesados en la presente promoción lo que incluye cuando fuera necesario, el envío de comunicaciones vinculadas a esta promoción a través de los datos de contacto facilitados por los interesados (correo electrónico, carta o llamada telefónica, entendiéndose por correctos los datos de identificación y contacto que el interesado haya proporcionado en el momento de registrarse o darse de alta en la promoción). – Gestionar su registro en la presente Promoción si ésta se desarrolla por web, para lo cual el interesado deberá acceder y aceptar la política de privacidad y demás textos publicados en el sitio web de CCEP IBERIA en caso de que ésta sea la vía a través de la cual se realiza el registro.
- Proporcionar a los interesados la información necesaria para que su participación se ajuste a las presentes bases.
- Recoger las pruebas de compra y verificar que no son falsas, ilegibles, ni están manipuladas, fotocopiadas, ni de ninguna otra forma resultan anulables.
- Atender solicitudes de información, consultas y dudas de los interesados.
- Verificar la inexistencia de actuaciones fraudulentas o contrarias a las presentes bases.
- Eliminar justificadamente a cualquier interesado que defraude, altere o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario de la Promoción.
- Identificar al interesado ganador. – Verificar que el interesado ganador cumple con los requisitos necesarios para poder participar en la promoción y que ha obtenido el premio de forma lícita.
- Comunicar al interesado ganador el premio obtenido mediante el envío de un correo electrónico, carta o llamada telefónica. Se entenderán por correctos los datos de identificación y contacto que el interesado haya proporcionado en el momento de registrarse o darse de alta en la promoción.
- Remitir al interesado ganador la Carta de Aceptación, la cual deberá ser cumplimentada por el interesado y remitida a la dirección indicada en las presentes Bases, bajo el apartado “Carta de aceptación de premios” junto con la fotocopia de su DNI y el de su/s acompañante/s en su caso.
- Llevar a cabo y liquidar las retenciones fiscales de los premios cuando corresponda.
- Entregar el premio al interesado ganador.
- Cuando el premio consista en un viaje o actividad, gestionar su organización y las restantes actividades según el premio que se otorgue al interesado.
Cuál es la legitimación de CCEP IBERIA para el tratamiento de sus datos: La base legal del tratamiento de sus datos personales se encuentra en el desarrollo y ejecución de la relación promocional formalizada a través de su participación en la presente promoción, la cual se detalla en el presente documento, así como en el cumplimiento de obligaciones legales que le son de aplicación a CCEP IBERIA.
Comunicación de datos a terceros por CCEP IBERIA: Los datos personales tratados por CCEP IBERIA para alcanzar las finalidades detalladas anteriormente podrán ser comunicados a los siguientes destinatarios en función de la base legitimadora de la comunicación:
- Al Notario depositario de las bases a fin de controlar la legalidad de la promoción y su desarrollo.
- A Hacienda a fin de practicar la retención fiscal que corresponda.
- A Jueces, Tribunales, asociaciones de consumo o cualesquiera otros terceros a quienes CCEP IBERIA se viera obligada a comunicar la información en caso de impugnación por parte del interesado o reclamación de cualquier índole interpuesta por CCEP IBERIA o por el propio interesado.
- En aquellos casos en que el premio o actividad consista en un viaje, con la finalidad de poder asignar correctamente el premio obtenido por el interesado, CCEP IBERIA cederá sus datos –con carácter enunciativo pero no limitativo- a aquellas entidades que sean contratadas para la organización del viaje o actividad y las estancias objeto del premio, tales como agencias de viaje, hoteles, compañías aéreas o de transporte en general, mensajería, compañías aseguradoras así como otras terceras entidades implicadas en la gestión del premio obtenido por el interesado, con la finalidad de llevar a cabo las gestiones oportunas para el disfrute del premio, siendo la base legitimadora de tal comunicación de datos el desarrollo y ejecución de la relación promocional.
Transferencias internacionales: Con base jurídica en la ejecución de las condiciones establecidas en las presentes bases para la correcta ejecución de la promoción y el disfrute del premio en su caso, el interesado queda informado de que cuando los destinatarios de los datos indicados en los apartados anteriores se encuentren fuera del territorio del Espacio Económico Europeo, la comunicación de los referidos datos llevada a cabo por CCEP IBERIA implicará la transferencia internacional de datos a fin de ejecutar las condiciones establecidas en las presentes bases, si bien, dicha transferencia se realizará de acuerdo con los requisitos establecidos en la normativa aplicable.
Plazo de conservación de datos por CCEP IBERIA: CCEP IBERIA conservará los datos de los interesados mientras esté en vigor la presente promoción en tanto los interesados no soliciten la supresión de los mismos y, finalizado el tratamiento, durante los plazos de conservación establecidos en las normas aplicables para el cumplimiento de las obligaciones legales de CCEP IBERIA.
Derechos: Los interesados (participantes y ganadores) en cualquier momento pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, oposición, portabilidad y revocación del consentimiento (sin efectos retroactivos) mediante comunicación escrita a la entidad responsable del tratamiento, acompañando una fotocopia del documento nacional de identidad, a cualquiera de las siguientes direcciones:
Dirección postal: c/ Ribera del Loira 20-22, 28042 Madrid. Dirección electrónica: consultaslopd@eu.ccip.com
Asimismo, los interesados pueden presentar una reclamación ante una Autoridad de Control, en España la Agencia Española de Protección de Datos, C/ Jorge Juan, 6, 28001 Madrid, 901 100 099 – 912 663 517 (www.agpd.es) en particular, en relación con el ejercicio de sus derechos. Con carácter previo a interponer la reclamación y de forma voluntaria, los interesados pueden contactar con el delegado de protección de datos de CCEP IBERIA en la siguiente dirección privacy@ccep.com.
Comunicación de datos personales de terceros: En el caso de que tanto los participantes como los ganadores deban facilitar datos de carácter personal referentes a terceras personas como acompañantes en su disfrute del premio- incluyendo el dato de la imagen- aquellos deberán, con carácter previo a la comunicación de datos a las entidades responsables, informar a dichos terceros interesados de los extremos contenidos en las presentes bases respecto del tratamiento bajo responsabilidad de CCEP IBERIA según lo descrito en los apartados anteriores y en todo caso, de la finalidad de la comunicación de sus datos a cada uno de estos responsables.
A tales efectos, la comunicación de datos personales de terceros por los participantes y ganadores queda condicionada al principio de necesidad y proporcionalidad y a la comunicación de datos actuales y veraces, requiriendo siempre y en todo caso que, con carácter previo a la comunicación de los datos a CCEP IBERIA se informe y se solicite el consentimiento a dichos terceros para el tratamiento de sus datos salvo que exista una habilitación legal al efecto.
Carácter complementario de lo establecido en las presentes bases respecto del tratamiento de datos de participantes y ganadores: Lo establecido en las presentes bases en relación con el contenido del tratamiento de datos personales de los interesados (participantes y ganadores), es complementario y no excluyente de cualesquiera otros textos legales informativos comunicados a los citados interesados a través de cupones, formularios de registro, políticas de privacidad y otros documentos en cualquier fase de su participación en la presente Promoción.
DERECHOS DE IMAGEN
Respecto a los derechos de imagen de los participantes y a la posible realización por los participantes de alguna creación susceptible de generar derechos de propiedad intelectual, los participantes en la Promoción, al participar, automáticamente ceden los derechos de propiedad intelectual así como los derechos de imagen que se deriven a CCEP IBERIA en los términos que a continuación se indican.
De conformidad con la Ley 1/1982 de protección civil, derecho al honor, intimidad personal y familiar y a la propia imagen, los participantes y los ganadores ceden a CCEP IBERIA los derechos sobre su imagen que se deriven de su participación en la Promoción a través de cualquier medio de reproducción tanto electrónico (Internet, cd y otros análogos) como convencional (papel, fotografías y otros análogos), en cualquier medio o sistema técnico o tecnológico existente en la actualidad o que se encuentre en fase de investigación y desarrollo (incluyendo a título de ejemplo sin carácter limitativo la explotación en Internet; la explotación televisiva en cualquier forma; la explotación mediante telefonía móvil; proyección o exhibición pública cinematográfica, no cinematográfica o a través de cualquier otro medio que sea de interés de CCEP IBERIA), por el máximo de tiempo legalmente permitido y para todos los territorios del mundo para que sea utilizada con fines publicitarios, comerciales o de naturaleza análoga vinculados legítimamente a la proyección pública de CCEP IBERIA así como la exposición de la misma en actos públicos o en lugares abiertos al público. A la vista de lo anterior, la participación en la Promoción y en su caso la aceptación del premio por los ganadores, supone la autorización expresa por parte de los participantes de la cesión de derechos expuesta.
Sin perjuicio de lo anterior, a título de ejemplo y sin carácter limitativo a continuación se relacionan algunas actuaciones que serán llevadas a cabo por CCEP IBERIA:
- Los participantes, consienten automáticamente al participar en la presente Promoción en la utilización, publicación y reproducción en todo el mundo y sin limitación, por parte de CCEP IBERIA, de su imagen y nombre en cualquier tipo de publicidad, Promoción, publicación, incluido Internet, o cualquier otro medio de la naturaleza que sea, con fines comerciales o informativos de CCEP IBERIA. Entre dichos usos podrá, con finalidades publicitarias o promocionales, utilizar y retransmitir las imágenes y nombre de los participantes a través de Internet, televisión o cualquier otro medio que CCEP IBERIA considere.
- CCEP IBERIA podrá publicar la imagen y el nombre de las personas que hayan resultado ganadoras de la Promoción a través del medio de comunicación que CCEP IBERIA –sin carácter limitativo- considere. A tales efectos, los ganadores al aceptar el premio autorizan automáticamente a CCEP IBERIA para publicar sus datos personales incluida la imagen con la finalidad de dar a conocer a los restantes participantes y público en general quiénes han sido las personas ganadoras.
- Asimismo, cuando el premio consista en un viaje o actividad, los ganadores, en el momento de su aceptación, cederán a CCEP IBERIA los derechos que pudiesen corresponderles sobre las imágenes que pudieran ser captadas durante el viaje por parte CCEP IBERIA, y autorizan a esta entidad a reproducir, comunicar públicamente y utilizar su nombre, apellidos, dirección e imagen en cualquier actividad publipromocional (principalmente a través de sus sitios web y páginas oficiales en redes sociales) a los únicos efectos de la publicidad que pudiera darse a la realización del citado viaje y disfrute del premio o de las nuevas ediciones de esta Promoción que con este nombre u otro similar pudiesen realizarse hasta dos años después de su realización, sin que dicha utilización le confiera derecho de remuneración o beneficio alguno con excepción hecha de la entrega del premio ganador.
DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL
En el supuesto de que para la participación en la presente Promoción el usuario tuviera que presentar creaciones propias (ya sean fotografías, vídeos, músicas, textos literarios, etc.), la participación en la Promoción supone la cesión con carácter exclusivo y transferible, para un ámbito territorial mundial, durante todo el periodo de vigencia de los derechos de propiedad intelectual y con carácter gratuito por el participante a CCEP IBERIA de todos los derechos de explotación que se deriven de las creaciones con las que en su caso participe en la Promoción. Dicha cesión atribuye a CCEP IBERIA la plena disposición y el derecho exclusivo a la explotación de las creaciones con exclusión de cualesquiera personas físicas y/o jurídicas, incluido el propio participante, e incluirá la facultad de otorgar licencias a terceros y de transmitir a otro su derecho. Con carácter delimitativo pero no limitativo, la cesión abarcará como derechos y modalidades de explotación los siguientes:
- El derecho de reproducción de las creaciones o su fijación directa o indirecta, provisional o permanente, por cualquier medio y en cualquier forma que permita su comunicación o la obtención de copias de todo o parte de ellas, incluyendo cualquier sistema gráfico, mecánico, electrónico, reprográfico, digital, o de cualquier otra índole.
- El derecho de distribución de las creaciones o su puesta a disposición del público del original o de sus copias, en un soporte tangible, mediante su venta, alquiler, préstamo o de cualquier otra forma, incluyendo expresamente y sin carácter limitativo la puesta a disposición del público de copias impresas o digitales; su utilización para la creación, realización, producción y distribución en cualquier forma de materiales promocionales o de marketing y de cualesquiera otros productos o servicios que sean de interés de CCEP IBERIA; y la explotación videográfica y discográfica de las creaciones en cualquier soporte, tanto para uso privado como público.
- El derecho a comunicar públicamente las creaciones, con fines publicitarios o promocionales, para usos comerciales y no comerciales, en cualquier medio o sistema técnico o tecnológico existente en la actualidad o que se encuentre en fase de investigación y desarrollo, incluyendo a título meramente enunciativo y no limitativo la explotación en Internet; la explotación televisiva (v.gr., televisión gratuita, de pago, por cable, pago por visión, por satélite, fibra óptica, ondas herzianas, hilo, microondas, televisión digital terrestre, etc.); la explotación mediante telefonía móvil; proyección o exhibición pública cinematográfica, no cinematográfica o a través de cualquier otro medio que sea de interés de CCEP IBERIA.
- El derecho a transformar las creaciones o su traducción, adaptación, ajuste, cambio, arreglo y/o y cualquier otra modificación en su forma de la que se derive una obra diferente, que podrá ser explotada en cualquier forma y en especial mediante su reproducción, distribución, comunicación pública y nueva transformación por CCEP IBERIA o por terceros autorizados por ésta en cuanto titular en exclusiva de los derechos de propiedad intelectual de las obras resultado de la transformación.
- El derecho a doblar y subtitular las creaciones en cualquier lengua. El participante garantiza que las creaciones son originales y no vulneran los derechos de propiedad intelectual de ningún tercero o cualesquiera otros derechos de cualquier naturaleza y que se encuentra plenamente facultado y capacitado para ceder la totalidad de los derechos señalados, debiendo mantener indemne a CCEP IBERIA por cualesquiera reclamaciones planteadas por terceros como consecuencia de la explotación de las creaciones. La cesión de derechos de propiedad intelectual según lo expuesto en las presentes bases, no genera ni otorga reembolso, pago de tarifa o canon ni derechos económicos de ningún tipo para el participante y/o ganador.
DERECHO A REPORTAR ABUSOS
Los participantes quedan informados de que en el caso de que su participación infrinja cualquiera de las normas establecidas en las presentes bases o existan fundadas sospechas de fraude por parte de CCEP IBERIA o en el caso de que un tercero, participante o no de la Promoción, denunciara irregularidades en relación con la participación del interesado, CCEP IBERIA podrá analizar la situación y podrá suspender temporalmente la participación del interesado.
No obstante, si una vez estudiados los hechos denunciados o conocidos por CCEP IBERIA no se acredita el fraude por parte del participante denunciado o la vulneración de las presentes bases podrá reactivarse su participación en la presente promoción.
Asimismo, si para el estudio de los hechos acontecidos fuera necesario CCEP IBERIA dará traslado y conocimiento a las autoridades públicas competentes.
En todo caso queda expresamente prohibido reportar y/o notificar abusos utilizando identidades de otras personas.
4. RETENCIÓN FISCAL: A los premios de la presente Promoción, les serán de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre del Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas (LIRPF); el Real Decreto nº 439/2007 de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (RIRPF); Real Decreto 2069/1999, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial Loterías y Apuestas del Estado; Real Decreto 3059/1966 de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de Tasas Fiscales; y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la entidad COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L. la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente.
De conformidad con la normativa mencionada, los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones alternativas vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta siempre que el valor del premio sea superior a 300 Euros.
4.1.- Premios en especie.- Si los Premios de la presente Promoción son en especie pueden estar sujetos a retención (Art. 101 LIRPF y Art. 75 RIRPF) si su valor es superior a 300 euros, en cuyo caso COCA-COLA EUROPEAN PARTNES IBERIA, S.L. realizará en la Agencia Tributaria el perceptivo ingreso a cuenta del IRPF (Art. 99 LIRPF). El importe del ingreso a cuenta será del 21% del Valor de Mercado del Premio. A estos efectos, el Valor de Mercado del Premio será igual al valor de adquisición o coste para el pagador (COCACOLA EUROPEAN PARTNES IBERIA, S.L.), incrementado en un 20% (Art. 105 del RIRPF).
El Ganador del Premio deberá integrar en su Base Imponible General de la declaración del IRPF del correspondiente ejercicio fiscal, la valoración del Premio (Valor de Mercado) más el Ingreso a Cuenta que COCA-COLA EUROPEAN PARTNES IBERIA, S.L realizó.
4.2.- Premios en metálico.- Si los Premios de la presente Promoción son en metálico, y superan el valor de 300 euros estarán sujetos a retención del 21% de su importe (Art.99 del RIRPF).
4.2.1.- Premios Netos.- Si la cuantía del Premio que figura en las presentes Bases legales es Neto, corresponde al valor obtenido una vez se ha practicado la correspondiente retención por parte de COCACOLA EUROPEAN PARTNES IBERIA, S.L. y por lo tanto, ésta es la cantidad a recibir por el Ganador.
Pero el Ganador debe incluir en su Base Imponible de la declaración del IRPF del ejercicio fiscal correspondiente, el importe íntegro del Premio recibido (importe antes de retención), es decir la cantidad recibida más la retención realizada.
4.2.2.- Premios Brutos.- Si la cuantía del Premio que figura en las presentes Bases legales es Bruto, se realizará la pertinente retención sobre esa cuantía y, por lo tanto, el Ganador recibirá la cantidad que figura en las presentes Bases Legales menos la retención correspondiente.
El Ganador debe incluir en su Base Imponible de la declaración del IRPF del ejercicio fiscal correspondiente, el importe íntegro del Premio recibido, es decir, el importe que figura como Premio Bruto.
5. MODIFICACIONES Y/O ANEXOS CCEP IBERIA se reserva el derecho a realizar modificaciones o añadir anexos sobre las presente Bases en relación con su mecánica y premios, siempre que las mismas estén justificadas o no perjudiquen a los participantes, se realicen dentro del periodo de vigencia de la Promoción, y se comuniquen a éstos debidamente.
6. EXCLUSIONES: Quedan expresamente excluidos de la participación en esta Promoción todos los empleados de CCEP IBERIA y de MONSTER ENERGY COMPANY, sus familiares hasta 2º grado, el personal de las compañías subcontratadas por CCEP IBERIA o MONSTER ENERGY COMPANY para la ejecución de la presente promoción y los dueños o empleados de los Establecimientos adheridos a la promoción.
7. DERECHO DE ELIMINACIÓN PARTICIPACIONES FRAUDULENTAS: CCEP IBERIA se reserva el derecho de eliminar justificadamente a cualquier usuario que defraude, altere o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario de la presente Promoción.
8. ENTREGA DE PREMIOS: Los premios a los ganadores son nominativos y serán entregados exclusivamente dentro del territorio español, por tanto, la tramitación y gastos de exportación para un ganador no residente en España correrán a cargo del beneficiario.
9. IDENTIFICACIÓN: La identidad de los participantes y ganadores se acreditará exclusivamente por medio de documentos oficiales (DNI., pasaporte u otro documento oficial de identificación).
10. PRUEBAS DE COMPRA: En caso de que para participar en la presente Promoción sea necesario conservar la prueba de compra (Ticket de Compra, etiquetas, anillas, tapones, chapas, films, prueba de compra con Pin-Code, etc.…) de un Producto Promocional por parte de los participantes:
10.1.- Éstos deben guardar la prueba de compra durante todo el periodo de vigencia de la Promoción y 1 mes posterior y conservarla a disposición de CCEP IBERIA, por si ésta las solicitara para la correcta gestión de entrega de Premios.
10.2.- En caso de que el Participante tuviera que enviar dicha/s prueba/s de compra por correo postal, CCEP IBERIA no se hace responsable del extravío de la/s misma/s y no se admitirá como medio de prueba el justificante de envío que facilita dicho servicio.
10.3.- En caso de que las pruebas de compra presentadas/recibidas resultarán falsas, ilegibles, manipuladas, fotocopiadas, etc., serán consideradas nulas y por lo tanto no se tendrán en cuenta como participación.
10.4.- En ningún caso, se devolverán a los participantes las pruebas de compra que CCEP IBERIA hubiera recibido.
11. PREMIOS.-
11.1.- En caso de que de forma previa a la finalización del periodo de vigencia de la Promoción, por cualquier razón ajena a CCEP IBERIA no quedasen unidades disponibles de los regalos promocionales establecidos y previstos en las presentes Bases, CCEP IBERIA se reserva el derecho y la opción de sustituirlos por otros, de igual o superior coste.
11.2.- Los premios no son canjeables en metálico, ni por cualquier otro premio y caducan a los tres meses.
11.3.- CCEP IBERIA no se responsabiliza del uso que del regalo promocional realice el Ganador, pero queda prohibida la comercialización y/o venta de los regalos promocionales.
11.4.- El/los premio(s) son intransferibles, por lo que si el/los premiado(s) no pudiese(n) o quisiese(n) aceptar el/los premio(s), o renunciase(n) al/los mismo(s), CCEP IBERIA procedería a designar ganador al correspondiente reserva. En el caso de que los reservas a su vez no aceptasen o renunciasen al/los premio(s), éstos se declararán desierto(s).
11.5.- El propósito de esta Promoción es que los premios se distribuyan entre la mayor cantidad posible de consumidores de los productos objeto de la misma. Así, en el caso de que durante el(los) sorteo(s) y/o momentos ganadores en cuestión, resultará repetidamente Ganador el mismo participante, CCEP IBERIA se reserva el derecho de adjudicarle únicamente una unidad, otorgando el/los premio/s en cuestión a los Ganadores en reserva.
12. ACEPTACIÓN DE LAS PRESENTES BASES: La mera participación en esta Promoción supone la aceptación de las presentes Bases.
Anexo 1: EQUIPO Y CATEGORÍA
- Atlético de Madrid (1ª)
- Barcelona F.C. (1ª)
- C.D. Tenerife 2ª Cádiz C.F. (2ª)
- Club Atlético Osasuna (1ª)
- Club Deportivo Leganés (1ª)
- Club Deportivo Lugo (2ª)
- Club deportivo Mirandés 2ª
- Club Deportivo Numancia de Soria (2ª)
- Deportivo Alavés (1ª)
- Deportivo de la Coruña (2ª)
- Elche C.F. (2ª)
- Extremadura U.D. (2ª)
- Getafe C.F. (1ª)
- Girona F.C. (2ª)
- Granada Club de fútbol (1ª)
- Levante Unión Deportiva (1ª)
- Málaga Club de fútbol (2ª)
- R.C.D. Espanyol (1ª)
- Real Betis Balompié (1ª)
- Real Club Celta de Vigo (1ª)
- Real Club deportivo Mallorca (1ª)
- Real Madrid C.F. (1ª)
- Real Oviedo (2ª)
- Real Racing Club de Santander (2ª)
- Real Sociedad (1ª)
- Real Sporting de Gijón (2ª)
- Real Valladolid Club de Fútbol (1ª)
- Real Zaragoza (2ª)
- S.D. Eibar (1ª)
- S.D. Huesca (2ª)
- S.D. Ponferradina (2ª)
- Sevilla F.C. (1ª)
- Unión Deportiva Almería (2ª)
- Valencia C.F. 1ª Villarreal C.F. (1ª)